El grupo aconseja al editor que denuncie la ciberocupación.
Existe un Comité de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual detectado (pdf) Revista Emprendedores SL realiza tráfico inverso de nombres de dominio.
La empresa edita una revista en español Emprendedoresque se traduce en emprendedor En inglés.
Presentó una demanda por ciberocupación contra emprendedores.com, un sitio utilizado para promover cursos en línea sobre cómo iniciar un negocio. Dicho dominio pertenece a Rafael Mayol, Emprendedores Online LLC. Compró el dominio en 2019 por $45,000.
En particular, la Demandada es propietaria de una marca registrada en la UE para emprendedores.com y una marca subregistrada en los Estados Unidos para la misma marca.
El Comité encontró deficiencias en la Demandante y falló a favor de la Demandada en temas de derechos o intereses legítimos y registro y apropiación indebida.
Fue un paso más allá al inventar el secuestro inverso de nombres de dominio. El panel de tres miembros señaló:
i) el denunciante, representado por un abogado, debería haber apreciado la debilidad de su caso y que el término «Embrandors» en el nombre de dominio en disputa no puede atribuirse únicamente al denunciante;
ii) El reclamante trató de ganar cierta popularidad para su marca comercial EMPRENDEDORES emitiendo algunos números de circulación de 1997 y principalmente sus números de circulación de 2020 y 2021. 2019, el nombre de dominio en disputa fue adquirido por el demandado;
iii) La demandada se quejó de que estaba copiando los colores y estilizaciones de su sitio web en función de los usos actuales, mientras que la evidencia presentada por la demandada mostró diferencias en 2019. Además, el reclamante no mencionó que sus cursos en línea comenzaron en 2022. Por lo tanto, trata de sugerir al panel que tales cursos existen desde hace algún tiempo y que el demandado ha comenzado a usar el nombre de dominio en disputa para sus cursos en línea; Y
iv) El abogado de la parte demandante debió haber apreciado que considerando las circunstancias del caso y los registros de marca existentes de la parte demandada, el presente asunto es una disputa de marca, que no puede ser resuelta bajo el principio de cancelación de registros de marca. Capacidad de los órganos administrativos y/o judiciales nacionales y regionales.
En la última etapa, ayer escribí sobre este tema. Existe otra «Disputa de Marca Registrada como UTRP». Conclusión (pdf) hoy.
¿Qué pasa con la gente que intenta reclamar los derechos exclusivos de la palabra emprendedor?
El reclamante estuvo representado por ECIJA y el titular del dominio por Law.es.
«Jugador extremo. Aficionado total a Twitter. Analista. Pionero de los zombis. Pensador. Experto en café. Creador. Estudiante».
More Stories
Ver | La marchadora española Laura García-Caro se quedó sin subir al podio tras una celebración anticipada
Los compradores británicos impulsan el sector inmobiliario español « Euro Weekly News
El 90% de los usuarios españoles apoyan sus ingresos